Nicaragua, 16 de agosto. Con 70 votos a favor diputados de la Asamblea Nacional aprobaron la Ley de Regulación de Agentes Extranjeros que tiene como objetivo establecer un marco jurídico que regule a las personas naturales o jurídicas que respondan a intereses y financiamiento extranjero y lo utilicen para realizar actividades que deriven en injerencia de organizaciones y Gobiernos extranjeros en los asuntos internos de Nicaragua, poniendo en riesgo la seguridad del Estado.
Esta ley garantiza la defensa y protección de la independencia, soberanía y autodeterminación, como derechos irrenunciables del pueblo nicaragüense y que están establecidos en la Constitución Política de Nicaragua y será aplicada a las personas naturales o jurídicas, fondos monetarios, bienes, activos y objetos de valor extranjeros, exceptuando a las personas pensionadas extranjeras que residen en el país y reciben dinero en concepto de pensión de retirado, personas naturales que reciben remesas familiares, empresas productivas y comerciales extranjeras con filiales en Nicaragua.
La intención de la ley según los proponentes, mayoría sandinista, es crear un Registro de Agentes Extranjeros que obligue a que estos reporten mensualmente sus actividades. El proyecto define a los agentes extranjeros como toda “persona natural o jurídica, nicaragüense o de otra nacionalidad, que dentro de Nicaragua percibe fondos, bienes o cualquier objeto de valor proveniente, directa o indirectamente, de gobiernos, agencias, fundaciones, sociedades o asociaciones extranjeras”.
Con la norma, el Gobierno de Nicaragua también catalogaría bajo este rótulo a “consejeros, relacionistas públicos, agentes de publicidad, empleados de servicios de información o consultores políticos para o en interés de gobiernos, empresas o fundaciones extranjeras”.
Además, les prohíbe postular a cargos públicos, una medida que según la oposición local busca “desmantelar” cualquier voz disidente justo antes de las elecciones generales de noviembre de 2021. Y es que la normativa también prohibiría “financiar o promover el financiamiento a cualquier tipo de organización, movimiento, partido político, coaliciones o alianzas políticas o a asociaciones”.
